Preguntas Frecuentes

1) Quiénes deben cumplir con la Ley 1346?

2) Puedo ser sancionado por no cumplir con la ley 1346?

3) Debo encontrarme con el Arquitecto en el edificio para que pueda cotizar el trabajo?

4) Qué tengo que hacer yo como Propietario o Administrador?

5) Necesito estar presente durante la Inspección? 

6) Cuál es el Costo del Servicio?

7) Financian el pago del Servicio?

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Qué debo hacer para cumplir con la Ley 1346 (Plan de Evacuación)?

  Qué debo hacer para cumplir con la Ley 1346 (Plan y Plano de Evacuación)?

Para dar cumplimiento a este requerimiento, se debe contratar la confección del Plan y Plano de Evacuación a un Arquitecto que se encuentre habilitado para tal fin (cabe aclarar que el incumplimiento de esta norma deviene en multas, clausuras y hasta la inhabilitación del local)

Usted puede requerir asesoramiento a nuestros profesionales para disipar todas sus dudas respecto del Plan y Plano de Evacuación y solicitar el servicio cuando lo crea oportuno.

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Contáctenos:  info@plan-evacuacion.com.ar  -  Tel/Fax 4632-1736/1158